Hay muchos más tipos de factura sin IVA de los que pudiera parecer. Si bien se tiende a pensar que las únicas facturas exentas son las entregas intracomunitarias de bienes, las exportaciones o las operaciones económicas asimiladas a las exportaciones, no es así.
Las citadas son ejemplos de exenciones plenas, pero su número es muy inferior al de las exenciones limitadas. ¿Te interesa conocer cuáles son estos casos de factura sin IVA?
El Título II “Exenciones” de la Ley 37 / 1992, en su capítulo I “Entregas de bienes y prestaciones de servicios” detalla en su artículo las veintiséis exenciones al impuesto en operaciones interiores. No hay que olvidar que, pese a estar exentas de IVA, en todas estas prestaciones, entregas y actividades, se requiere factura.
En ella, no obstante, habrá que especificar que, en virtud del artículo 20 de la citada Ley, se produce una exención. Entre los casos en que la Ley señala que puede emitirse una factura sin IVA se encuentran los siguientes:
Al recibir una factura que no lleva IVA no se origina derecho a la deducción en la Declaración de la Renta. Sin embargo, en la mayoría de los casos, las facturas que recibe el negocio sí que están gravadas por este impuesto, que puede recuperarse trimestralmente si se lleva una contabilidad diligente.
Para evitar errores en la emisión de una factura sin IVA y no perder de vista ni un euro que pueda recuperarse, conviene contar con el apoyo de soluciones automatizadas. Por ejemplo, un programa de facturación, que facilita la gestión e impulsan el ahorro.